10 de enero de 2009

Medallas, condecoraciones y Derecho Honorífico (coautoría)

Extraído del libro "Condecoraciones cubanas: teoría e historia", http://amzn.com/1426944284 


Generalmente, vinculamos la Numismática de manera directa con el estudio de las monedas, lo cual es muy correcto hacerlo ahora; pero en un principio, esta disciplina, entendida hoy como la ciencia encargada del estudio exclusivo de las monedas, compilaba, estudiaba, clasificaba e inventariaba toda clase de piezas metálicas de determinado valor social, además de las piezas monetarias. Sin embargo, el propio desarrollo tanto teórico como empírico de la Numismática y de las disímiles piezas que constituían su objeto de estudio, hizo necesario desgajar (apoyada esta escisión fundamentalmente en la clasificación, cada vez más técnica, de las piezas) conjuntos autónomos de conocimientos perfectamente definidos que, con el transcurso del tiempo, se conformaron en disciplinas relativamente independientes; y aunque tienen un origen común, podemos distinguir y es preciso segregar de la Numismática disciplinas como la Medallística, la Notabilia y la Falerística. De nuestro análisis excluiremos la Notabilia, que es la ciencia que estudia y clasifica el papel moneda, conocido también como billete, por cuanto sus instituciones sustituyen en función a las monedas y tienen el mismo valor legal para las contrataciones que las piezas metálicas, aunque el soporte de los billetes no es el metal, sino la celulosa.


Como puede inferirse, la Medallística estudia entonces las medallas, ¿pero exactamente qué son las medallas? Al adentrarnos en esta disciplina simbológica se impone conceptuar lo que esta palabra significa y concretar su objeto de estudio, toda vez que hemos comprobado la ineficacia doctrinal y consecuentemente práctica que sobre estos particulares se manifiesta tanto en las obras consultadas como en el coleccionismo, como demostraremos a continuación. Usualmente oímos decir que las condecoraciones son medallas que se entregan a las personas beneméritas o a aquellas que han cumplido determinados requisitos y se hacen acreedoras de esta o aquella distinción ya sea por el Estado o por entidades privadas, o será más común aún escuchar que la Numismática estudia las condecoraciones a través de la Medallística; es por las razones antes expuestas que estas instituciones honoríficas son estudiadas actualmente por la Medallística, lo cual viene a confirmar el propio Museo Numismático de la Oficina del Historiador. Sin embargo, urge definir con exactitud qué entendemos por condecoración y qué por medalla, porque aunque en muchísimas ocasiones se usan como sinónimos, en realidad no lo son, y las ciencias que estudian una y otra difieren sensiblemente en cuanto a los parámetros de estudio. Analicemos brevemente la definición de medalla y luego la de condecoración que traemos a este artículo, reproducidos del diccionario.


El término medalla proviene del italiano medaglia, y éste a su vez del latín metalum, que significa metal; sería esclarecedor entender bajo el prismas del análisis crítico la construcción histórica que oficialmente se ha dado al término "medalla": así por ejemplo, en 1922 encontramos que el Salvat, Diccionario Enciclopédico Popular Ilustrado (inventario del saber humano), define a las medallas como un “trozo de metal, comúnmente redondo, con alguna figura, símbolo é emblema, batido o acuñado”;[1] el hecho de que algunas medallas sean redondas no constituye una característica esencial y por tanto imprescindible en la institución que ahora estudiamos, sino que describe la forma de muchas, pero no establece ello un elemento conceptual que las identifique; la Enciclopedia Ilustrada Europeo-Americana, de 1925, refiere erróneamente que las medallas pueden diferenciarse de las monedas por el alto trabajo artístico de aquellas, lo cual es un elemento que tampoco define a unas u otras piezas metálicas, o sea que no es esa una característica que pueda ayudarnos a distinguir una moneda de una medalla; asimismo la obra consultada desdibuja el origen y función tanto de monedas como de medallas al postular que las primeras medallas que se conocen fueron monedas, cuando en realidad unas y otras nacen juntas y separadas a la vez, porque aunque en el tiempo pudieron aparecer contemporáneamente, sus funciones y características las hacen separarse desde su origen;[2] por otra parte, según el Aristos, Diccionario Ilustrado de la Lengua Española, recibe las siguientes definiciones en sus acepciones:


MEDALLA. f. Pieza de metal acuñada con algún emblema. // Arq. Medallón. // Distinción honorífica o premio que suele concederse en exposiciones o certámenes.[3]


En la búsqueda de la mayor cantidad de definiciones sobre el tema que nos ocupa, la vigésimo segunda edición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua expone lo siguiente en cuanto al término “medalla”, que virtualmente arrastra aquellos errores de concepto que venimos analizando:


MEDALLA. f. (del italiano Medaglia): 1. f. pieza de metal batida o acuñada, comúnmente redonda, con alguna figura, inscripción, símbolo o emblema. // 2. Bajorrelieve redondo o elíptico. // 3.- Distinción honorífica o premio que suele concederse en exposiciones o certámenes.// 4. fig. y fam. Antigua onza de oro. // 5. Numism. Moneda antigua fuera de uso.


Según nuestras investigaciones, tanto el texto que ofrece el Aristos, como el del Diccionario de la Real Academia de la Lengua, constituyen el resultado de una interpretación extensiva de la palabra, en virtud de la cual se pueden incluir piezas que realmente no son medallas, o al menos que por diversas razones fundamentalmente vinculadas con su función, no forman parte del objeto de estudio de la Medallística. Para una conceptuación más acabada y ajustada a la realidad, sus acepciones deben combinarse y no separarse adversativamente, se han de eliminar algunos elementos e incorporar otros que, al tenor de nuestras investigaciones, consideramos esenciales para certificar que la pieza que estudiamos es efectivamente una medalla. La primera acepción que el diccionario ofrece es demasiado genérica: es una definición extensiva del término porque las monedas, por ejemplo, también son piezas de metal acuñadas con algún emblema ¿Significa esto que las monedas son medallas? ¿O quizá que las monedas derivan de las medallas, lo cual las convierte en un tipo especial de estas?


De acuerdo a la definición supuestamente facultativa que hemos consultado, el estudio de las monedas pudiere considerarse como una rama dentro de la Medallística, cuando en realidad ha sido al revés: tanto la Falerística como la Medallística han nacido del desarrollo de la Numismática, según establece la doctrina clásica. La tercera acepción que ofrece el diccionario excluye del concepto a las medallas de jubileo o de conmemoración, y las de identificación, que no constituyen propiamente un premio o distinción honorífica, sino que se acuñan en conmemoración de algún hecho relevante que puede ser la coronación de un Monarca, la asunción de un Presidente o la victoria en una batalla, y que pueden ser entregadas como premio o distinción, pero no es ése su objetivo; en esta acepción del diccionario se combinan dos figuras de distinta naturaleza: las medallas y las condecoraciones, toda vez que el concepto se inicia con el sintagma “distinción honorífica” como elemento indispensable sobre el cual se erige la construcción conceptual de las medallas y hemos visto que una medalla puede ser una distinción honorífica, pero no necesariamente. En Cuba, por ejemplo, tenemos como la más antigua entre las medallas de jubileo o conmemorativas, que no tienen carácter honorífico, según el compendio de C. Echenagusía, aquella que batió el Ayuntamiento de la Habana para celebrar la ascensión al Trono español de D. Luis I, y otras que se batieron por las coronaciones de monarcas posteriores fundamentalmente D. Felipe V, D. Carlos III, D. Fernando VII y su hija, quien fuera declarada Reina de las Españas en 1833, a la muerte de aquel, bajo el nombre de D.ª Isabel II.


Quedaría referirnos a las medallas de identificación. En este particular Cuba es pródiga y el uso de estas instituciones se mantuvo desde los tiempos coloniales hasta bien entrado el s. XX durante la República. La función principal de las medallas o piezas metálicas de identificación es la de distinguir una determinada persona cuya función pública así lo exige, tales son los casos de los medallones de ayuntamiento, que en nuestro país fueron tan abundantes, lo cual no implica que todas las piezas metálicas de jubileo y/o de identificación son medallas, aquí también es preciso decantar estas de otros tipos de piezas. En el caso concreto de los medallones de ayuntamiento, éstos resultaban de acuñaciones y eran esencialmente ostensibles, respondían a un modelo único y venían generalmente timbrados con la Corona Real española.[4] Su uso quedaba restringido a los alcaldes y concejales, y hasta donde conocemos, fue de facto, o sea, no hemos encontrado algún documento jurídico que desde tal época regulase el uso de estas piezas, como tampoco se hace en la actualidad. La vigencia de esta tradición hispánica ha trascendido a nuestros días, pero por el desconocimiento sobre estos temas, no ha sido siempre de la mejor manera y es aquí donde queda demostrada la necesidad de que nuestras tradiciones tengan un basamento doctrinal a partir de su estudio científico. Y otra propuesta que nace de este estudio sería la de encargar a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular y al propio Parlamento nacional la regulación de sus piezas de identificación sobre la base de un adecuado uso y confección de las mismas.


Hemos visto que las características esenciales de una medalla son las siguientes: primero, tiene que ser una pieza metálica que resulte de una acuñación, definición parcial que nos permitirá posteriormente diferenciar las medallas de las insignias o placas; y la segunda es que no puede tener valor fiduciario, lo cual excluye del concepto a las monedas, cuyo fin es eminentemente mercantil y de intercambio. En tercer y último lugar, la definición del diccionario admite la inclusión de piezas metálicas que son acuñaciones y que carecen de valor legal para las contrataciones,[5] pero estas no son objeto de estudio de la Medallística, sino de la Uniformología, que es otra disciplina simbológica: nos referimos a los botones. En efecto, algunos botones constituyen piezas metálicas que se obtienen a partir de acuñaciones, y que pueden o no traer en el campo algún emblema, ya sea heráldico o de otra índole; pero sin duda, urge introducir otro filtro para depurar este tipo de acuñaciones sin valor crediticio. Hemos pues, reelaborado el concepto que esboza el diccionario de la siguiente manera:


MEDALLA. f. Pieza metálica ostensible sin valor fiduciario, acuñada con algún emblema.


Es menester aclarar que su carácter esencialmente ostensible funciona en nuestro concepto como una categoría y además un requisito sine qua non para prescribir que una determinada pieza metálica es una medalla, y está dado el carácter ostensible por ser la pieza relevante per se, portadora en sí misma de un mensaje trascendente y relativamente autónomo. O sea, que cualquier pieza metálica ostensible que resulte de una acuñación y que no tenga valor ni fuerza legal para las contrataciones puede considerarse una medalla y por ende, objeto de estudio de la Medallística. Sirva este artículo para proponer a nuestros académicos de la lengua se incorpore esta definición del término “medalla” en nuestros diccionarios, como la acepción propia de la Medallística, y no la que tradicionalmente se le asigna, por haber sido demostrada su inapropiada extensión semántica e inoperancia científica.


Y antes de continuar, es preciso destacar que medallas y condecoraciones no son instituciones equivalentes, como tampoco lo son la Medallística y la Falerística, ni una es la evolución doctrinal de la otra, sino que aquellas constituyen objetos de estudio de ciencias distintas: la Falerística es la ciencia encargada del estudio, clasificación e inventario histórico de las condecoraciones. Ahora bien, ¿qué son exactamente las condecoraciones? El término condecoración es un sustantivo derivado del verbo condecorar, que a su vez proviene del latín condecorare, cum—con y decorare—adorno; o sea: con adornos. Si recurrimos nuevamente al diccionario, encontraremos para condecoración las siguientes acepciones:


CONDECORACIÓN f. Acción y efecto de condecorar // Insignia de honor y distinción.


CONDECORAR tr. Dar honores, otorgar condecoraciones a alguien.[6]


Hasta el momento la definición que ofrece el diccionario es correcta: toda insignia de honor y distinción puede considerarse una condecoración; no obstante, este término asume dos conceptos: uno es el que le asigna la Falerística, y otro el que utiliza el Derecho Honorífico. Para la Falerística, la condecoración es la pieza metálica que indica determinados honores o preeminencias, mientras que el Derecho Honorífico entiende que la condecoración es una institución que esencialmente constituye un acto jurídico que genera una relación jurídica y por lo tanto, también derechos y deberes para quien la recibe y quien la otorga. Las condecoraciones constituyen la institución jurídica más importante del Derecho Honorífico. Hasta aquí, a nuestro juicio, es preciso aclarar que, como hemos observado, las medallas dependen esencialmente de tres características que son físicas, materialmente objetivas; mientras que las condecoraciones dependen del elemento jurídico, o sea, que la norma jurídica y específicamente la norma constitutiva de dicha condecoración refleje un determinado honor que puede ser concedido.


De esta manera, notamos que algunas medallas son, además, condecoraciones, pero muchas no lo son, de la misma forma que hay condecoraciones que son medallas, pero muchas no lo son. Luego, es preciso definir que la Falerística, cuando puntualmente estudia alguna medalla, la asume en tanto condecoración, y la Medallística se dedica a las medallas, al margen de que tengan o no el valor honorífico que distinguen a las condecoraciones, y para ello se auxilia de todo su aparato categorial propio. De hecho, un estudio riguroso nos permitiría clasificar las medallas en honoríficas o condecoraciones; medallas de jubileo o conmemorativas, y medallas de identificación.[7] Ello implica y a menudo exige la interdisciplinariedad, por ejemplo, en el préstamo instrumental entre la Medallística y la Falerística e instituciones propias del Derecho Honorífico, también vinculadas con otras disciplinas simbológicas como la Heráldica, la Vexilología e incluso con algunas Ciencias Sociales, vínculo que se demuestra cada vez más necesario.


El término Falerística fue usado por vez primera en 1937, en la antigua Checoslovaquia, y deriva de la phalerae, una de las muchas condecoraciones que crearon los romanos, y que consistía en pequeños escudos repujados en oro, plata o bronce, que se llevaban sobre la coraza sujetos con correas, o en los arreos del caballo, y que en la medida en que se desarrolló la economía de guerra en Roma, fueron concedidas a tropas, y que para mostrarlos los colgaban de sus vexillae.[8]




El Derecho Honorífico entonces, es la rama de las Ciencias Jurídicas que se encarga del estudio jurídico de las condecoraciones asumidas como una función que esencialmente realiza el Estado, aunque no de manera absoluta. El objeto de estudio del Derecho Honorífico es notablemente distinto del de la Falerística por cuanto esta estudia la pieza ostensible que representa la condecoración, mientras que aquel estudia la relación jurídica que entraña una condecoración, concebida ésta como institución del Derecho, y aquellas otras relaciones jurídicas que desencadena; y dado que el Estado es el ente capaz de crear el Derecho, pues la rama honorífica estudiará la manera en que aquel concede a través de este determinados honores y preeminencias tanto a ciudadanos nacionales como extranjeros y bajo qué condiciones se verifican y/o deben verificarse tales concesiones, donde las piezas honoríficas o falerísticas ocupan un lugar importante pero no absoluto dentro del amplio campo del Derecho Honorífico, el cual se está estructurando doctrinalmente en estos momentos.


Dentro de las instituciones que conforman el Derecho Honorífico, las órdenes de Estado u honoríficas constituyen práctica y objeto de regulación de casi todos los países del orbe; estas instituciones tienen un antecedente común en las órdenes de caballería que proliferaron en Europa entre los siglos XI y XII para conformarse en verdaderas instituciones religioso-militares que, luego de la conformación y consolidación de los Estados nacionales en Europa, muchas de ellas fueron incorporadas a la institución monárquica, léase al Estado, e inmediatamente adquirieron carácter honorífico y además nobiliario en algunos casos, al margen de que algunas de estas órdenes nacieron como institutos nobiliarios (Ej.: la Orden del Toisón de Oro, establecida en 1429 por Felipe II, el Bueno, Duque de Borgoña y actualmente bajo el Maestrazgo de la Casa Real española, en la que se encuentra desde el reinado de D. Carlos I de Habsburgo). La Iglesia Católica, Apostólica y Romana aprobaba sus estatutos, y era de tanta importancia su reconocimiento, que no puede considerarse una orden de caballería cuya aprobación por la Santa Sede no conste, de manera que, además de ser instrumentos militares, tenían una fuerte carga religiosa, al punto que todas estas órdenes adoptaban alguna regla de las conocidas: las constituciones del Cister, la regla de San Agustín, de San Benito, etc. Además de las puramente religioso-militares, existían las hospitalarias, como las de Santiago y San Lázaro.


En el caso de España, por ejemplo, cuyas instituciones honoríficas nos llegan un poco más de cerca por la impronta de la colonización, estos institutos fueron instrumentos militares que participaron activamente en la guerra de Reconquista y en las Cruzadas, como también en la administración de los territorios conquistados. Los Reyes Católicos, sin embargo, una vez consolidado su poder, resolvieron incorporar los Grandes Maestrazgos de las órdenes españolas a la Corona y así incorporaban también las inmensas riquezas que habían acumulado a lo largo de los siglos de enfrentamientos bélicos y de administraciones de vastos territorios, cobros de impuestos, etc. Inmediatamente luego de su incorporación al Estado, perdieron su carácter militar y adquirieron valor honorífico, y nobiliario en algunos casos; excepcionalmente se restableció dicho carácter militar ante inminentes peligros o por interés particular del Estado, pero cuando Europa descubre a América bajo la tutela del Gran Almirante D. Cristóbal Colón, ya estas órdenes eran institutos honoríficos e incorporados a la pompa de la nobleza medieval junto a sus altisonantes títulos. De esta manera, las antiguas órdenes de caballería pasaron a ser institutos nobiliarios cuya admisión era inicialmente promovida por el interesado, pero con el tiempo se convirtieron en meras recompensas que el Estado otorgaba a los beneméritos de la patria, grandes benefactores o ilustres personalidades de Estado, y tal práctica, como necesidad de premiar actos relevantes, se transformaron en lo que hoy se conocen como órdenes honoríficas, que fueron establecidas en casi todos los países europeos, y por extensión tanto en América como en otras de sus colonias por los restantes continentes, aunque con particularidades que podremos tratar en otro artículo y cuyo germen está allí en aquella vieja institución medieval de la Cavalleria.


Aclarados los términos sobre los cuales hemos discurrido en estas reflexiones, no existe razón para que una sala de las dos a las que se ha visto reducido muy lamentablemente nuestro Museo Numismático, lleve grabado en una placa el título de Medallística, cuando exhibe piezas que no son realmente medallas, y lo que es peor, aún hay especialistas que consideran a las condecoraciones parte de la Medallística y de la Numismática cuando son disciplinas con importantes elementos divergentes, como tampoco existe razón fundada para que se le llame a las placas e insignias escolares, medallas escolares, porque en realidad no lo son la mayoría, toda vez que las antedichas piezas no resultan de una acuñación.


Dentro de la Medallística, la doctrina ha establecido otras clasificaciones de acuerdo a su emisor y a la función de la pieza, esto es: el fin por el que fue creada. Las clasificaciones que la doctrina cubana ha establecido se basan fundamentalmente en elementos más bien relativos al diseño o cargas de las piezas, más que en otras particularidades que son determinantes también como el alcance de la norma constitutiva en el caso de las condecoraciones o el emisor de las piezas, lo cual se justifica por la alta especialización temática y ramal de un coleccionismo aun ávido de un mayor desarrollo teórico y técnico; luego surge la pregunta: si las piezas no honoríficas como algunas insignias escolares o eclesiásticas que no son medallas, hasta el momento se han considerado parte de la Medallística, ¿qué disciplina deberá estudiarlas ahora? Provisionalmente, este estudio las ha ubicado bajo las categorías de pieza metálica ostensible de identificación, y conmemorativa. Afortunadamente, el Museo Numismático, en Cuba (y en otros países), ha acogido entre sus colecciones, piezas que no son monedas y ni siquiera medallas, según las antiguas concepciones, pero no es menos cierto que con ello les ha reconocido de antemano su rango patrimonial como antecedente insoslayable a los estudios actuales. No obstante, ya el propio devenir epistemológico e integral de las diversas disciplinas simbológicas nos exige cada vez más, replantearnos un nuevo sistema institucional y asociativo que incentive el estudio y preservación de todas y cada una de estas piezas, acorde a su propio aparato categorial y sus propias necesidades, y refuerce tanto en nuestros coleccionistas y estudiosos como en la población en general, una cultura simbológica de mayor especialización e integración a un tiempo. Ha sido este el espíritu que ha inspirado las presentes reflexiones. Y son los argumentos que hemos presentado, algunas cuestiones de orden teórico que consideramos vitales esclarecer para augurar la buena salud de las disciplinas simbológicas cubanas esbozadas en este artículo, quizá lo que pudiere denominarse arte-ciencia metalorum[9] para abarcar el amplio campo que dominan.


En resumen: la consecuente aplicación de la doctrina, que se desarrollará aún más en la medida que se organicen eventos científicos ampliamente difundidos y en la medida que los coleccionistas y estudiosos tengan acceso a ellos, la modificación de nuestro maltrecho sistema de condecoraciones en que por ejemplo, las instituciones ordenales carecen de jerarquía y de gobierno propios, entre otras deficiencias;[10] la adecuada clasificación de nuestras piezas metálicas y el rescate de nuestro patrimonio simbológico se nos plantean como algunos de los apremios más inminentes de los medallistas, faleristas, simbólogos y juristas cubanos en el s. XXI.






Maikel Arista Salado y Hernández.
Dr. Avelino Víctor Couceiro y Rodríguez.


[1] DICCIONARIO SALVAT ENCICLÓPEDICO POPULAR ILUSTRADO (inventario del saber humano). SALVAT Editores, S. A. Barcelona. Tomo VI. 1922.
[2] Por ejemplo, en el s. XV europeo, se documenta un gran número de medallas promovidas por intereses particulares, mientras que las monedas se erigen como prerrogativa del Estado o que por ley éste la delega en una persona natural o jurídica que ejerce funciones de soberanía, como ejemplos tenemos los fueros que varios reyes españoles concedían a obispos para emitir moneda.
[3] Diccionario Aristos Ilustrado de la Lengua Española. Madrid, 1962.
[4] Para más información, consultar: Arista-Salado y Hernández, Maikel. Aproximaciones al Derecho Honorífico cubano. Inédito. 2005.
[5] E incluso la admitiría aún si se incluyeren los dos elementos conceptuales que hasta ahora proponemos, lo cual es muestra de que no está acabado.
[6] Ídem.
[7] Para mayor información: Arista Salado y Hernández, Maikel. Estudio mínimo de Falerística cubana y otras piezas ostensibles, y Aproximaciones al Derecho Honorífico cubano. Inéditos. 2005.
[8] Es el antecedente de las actuales banderas y de donde deriva el nombre de la ciencia que las estudia: Vexilología.
[9] Algunos estudiosos y coleccionistas lo llaman metalografía y lo definen como “ciencias del metal”.
[10] Ver: Arista Salado y Hernández, Maikel. Obras citadas.

Apuntes históricos sobre la bandera del 4 de septiembre

No deja de sorprenderme toda la simbología que se desprende de un personaje tan oscuro en la Historia de Cuba como lo fue el general Fulgencio Batista y Zaldívar. Para los que no están familiarizados con nuestra historia, diremos que Batista aparece en la palestra pública en 1933, cuando, siendo sargento taquígrafo y por ausencia de los organizadores de una revuelta militar, se pone los grados de coronel y se proclama cabeza del movimiento sedicioso. A partir de este momento comienza una vertiginosa carrera en ascenso, desde la Jefatura del Ejército hasta la Presidencia de la República, alcanzada ésta última por elecciones en 1940. La parte más oscura de Batista comienza cuando el 10 de marzo de 1952 dio un golpe de Estado que derrocó al gobierno democrático del Presidente Carlos Prío Socarrás, y estableció una dictadura que para mantener no escatimó en emplear todos los medios al alcance de su poder, como asesinar a los que se le opusiesen, por ejemplo. Este gobierno se prolongó hasta 1959, año en que un grupo de rebeldes encabezados por Fidel Castro Ruz derrocaron la tiranía de Batista y proclamaron un gobierno revolucionario, que pronto también se diluiría.

Dice Julio A. Carreras en Historia del Estado y el Derecho en Cuba que “el 4 de septiembre de 1933 una sublevación militar encabezada por un grupo de sargentos del Campamento de Columbia derroca el Gobierno provisional mientras el Presidente visitaba a las víctimas de un ciclón que atravesó por Isabela de Sagua”. El golpe fue ampliamente respaldado por los estudiantes y muchas organizaciones de la oposición al general Gerardo Machado, que renunciara el 12 de agosto y sucedido en la Presidencia de la República, según la Constitución de 1928, por el doctor Carlos Herrera, que al renunciar, es sustituido a su vez por el doctor Carlos Manuel de Céspedes y de Quesada, cuya inamovilidad y vacilación en la Primera Magistratura de la República provocan su violento derrocamiento el 4 de septiembre de 1933.

En el Ejército se trabó una conspiración motivada por el descontento de la soldadesca, por pésimas condiciones de vida. La sublevación fue victoriosa e inmediatamente se organizó un gobierno constituido por cinco personas: la Pentarquía, que luego desembocó en el gobierno de los 100 días, presidido por el doctor Ramón Grau San Martín, derrocado a su vez por otro cuartelazo en enero de 1934, en el que también estuvo sangrientamente involucrado Batista. Es así que en un ambiente más distendido políticamente, el 21 de agosto de 1934, el doctor Carlos Mendieta y Montefur, a la sazón Presidente provisional de la República, dictó el Decreto número 2300, por el que creó una bandera denominada “Bandera del 4 de septiembre”, y como orienta el tercer Por Cuanto de la norma, ésta tiene carácter conmemorativo:

Por cuanto: El Ejército y la Marina de Guerra citados, necesitan simbolizar su fecha gloriosa del 4 de septiembre y rendir los honores que merece la epopeya renovadora y de liberación que para cada uno de sus miembros representa; debiendo adoptarse una bandera con los colores del 4 de septiembre izándose conjuntamente con nuestra enseña Nacional y debajo de esta, en las astas de toda Fortaleza, Puesto Militar, Apostadero y Buque de Guerra Nacional.[1] (Sic)

El Decreto presidencial 2300 fue publicado en la edición Ordinaria de la Gaceta Oficial de la República del 3 de setiembre de 1934, página 3899, y entró en vigor un día después; la primera anotación a hacer sobre este particular es que, contrario sensu, la bandera no fue creada en setiembre de 1933, como parece indicar Flags of the World (http://www.fotw.net/), sino un año después, en 1934, en conmemoración del movimiento revolucionario de setiembre de 1933; por otra parte, la bandera creada es conmemorativa, por lo tanto, debe ser representada con la simbología correspondiente, creada e introducida por el simbólogo venezolano don Raúl Orta y Pardo.

La bandera del 4 de septiembre fue creada por el apartado segundo del antes mencionado Decreto presidencial 2300/1934, de 21 de agosto:

Segundo.—Crear la “Bandera del 4 de septiembre” que será un rectángulo con cinco franjas verticales con los colores azul, blanco, rojo, amarillo y verde.[2] (Sic)

Cada color representa un arma del Ejército: el Cuerpo de la Policía Nacional, la Marina de Guerra, la Artillería, la Infantería y la Guardia Rural, respectivamente. El Decreto presidencial, sin embargo, adolece de especificaciones sobre las dimensiones y las proporciones del paño, de manera que ello quedó al prudente arbitrio de los fabricantes, o de la costumbre. El artículo siguiente dispone que la bandera del 4 de septiembre debiera ser izada junto a y debajo de la bandera nacional en las astas de “toda Fortaleza, Puesto Militar, Apostadero y Buque de Guerra Nacional”.

[3]

Durante una década se mantuvo vigente el Decreto presidencial 2300, de 21 de agosto de 1934, y la bandera del 4 de septiembre en uso, hasta que llegó a la Presidencia de la República, bajo el imperio de la Constitución de 1940, el doctor Ramón Grau San Martín, que había sido derrocado con ayuda de Batista en 1934. Es así que, por motivos personales o por verdadera incoherencia constitucional, Grau dictó el Decreto presidencial número 4261, de 29 de noviembre de 1944, publicado en la Gaceta Oficial de 1º de diciembre, página 19847, por el que dejó sin efecto el Decreto creador de la bandera, bajo el supuesto de su inconstitucionalidad. Transcribimos por su interés intrínseco el Por Cuanto correspondiente:

Por cuanto: El artículo quinto de la Constitución vigente que dispuso cuáles han de ser la Bandera, Escudo e Himno Nacional, consagró y reconoció, al mismo tiempo, su existencia excluyente de cualesquiera otros, sin que sea lícito entender que la disposición de excepción contenida en el último párrafo del citado artículo quinto tenga otro alcance que autorizar el uso de banderas que permitan distinguir entre sí, los Cuerpos Armados y las subdivisiones propias de cada uno de ellos, porque tal conclusión se desprende de la letra y del espíritu del precepto, derivado de los pronunciamientos de los proponentes de la excepción, en la sesión de la Convención de 7 de junio de 1940, de los que se colige que no era su intención legalizar la existencia dual de banderas, que por aplicación excesiva de los preceptos del Decreto número 2300 se venía manteniendo, sino evitar que la interpretación restrictiva del precepto imposibilitara usar banderas pertenecientes a cada uno de los cuerpos integrantes de las Fuerzas Armadas, así como a las sociedades, organizaciones o centros de cualquier clase, por lo que no está autorizado en forma, alguna el uso de otra bandera, además de la Nacional, que sea común a todas las Fuerzas Armadas. (Sic)

El primer apartado del Decreto presidencial 4261/1944, de 29 de noviembre dispone la derogación en todas sus partes del Decreto presidencial 2300/1934, de 21 de agosto. Es posible que tal conflicto con el texto constitucional no haya sido más que un ardid para eliminar la bandera del 4 de septiembre, pero sea como fuere, el sustento jurídico que alega el Decreto presidencial de Grau es creíble, máxime cuando el mencionado artículo 5 de la Constitución de 1940 disponía que no se izase más bandera que la nacional en los edificios, fortalezas y dependencias públicas. Grau se las ingenió no sólo para derogar la bandera y el himno del 4 de septiembre, sino para mantener a Batista fuera del territorio nacional durante su mandato presidencial.

El 10 de marzo de 1952 ocurrió un nuevo golpe de Estado, organizado por Fulgencio Batista y Zaldívar; luego se proclamó Jefe del Gobierno Primer Ministro, nombró ministros, cesó a los anteriores y al Legislativo, de tal suerte que el Congreso de la República se vio impedido de ejercer su función. Curiosamente, uno de los primeros decretos del Jefe de Gobierno, firmado justamente el propio 10 de marzo, fue dejar sin efecto el Decreto presidencial 4261, de 29 de noviembre de 1944 y por lo tanto, entró nuevamente en vigor el Decreto 2300, de 21 de agosto de 1934. Durante los años que duró la dictadura de Batista se mantuvo vigente el antedicho Decreto y se continuó usando la bandera del 4 de septiembre hasta que, a raíz del triunfo revolucionario de enero de 1959, la bandera cayó en desuso y el Decreto creador quedó derogado por obsolescencia. En la edición revolucionaria de la revista Bohemia puede verse una fotografía de un individuo que arranca del asta la bandera del 4 de septiembre.

El diseño de la bandera del 4 de septiembre fue inspiración para otros símbolos, como por ejemplo la Medalla del 4 de septiembre, creada por el Decreto presidencial 236, de 12 de enero de 1937, en cuyo apartado segundo regula la cinta de la medalla en los siguientes términos:
“La cinta de la medalla será de 35 milímetros de ancho y del largo de las cintas de las demás condecoraciones. Tendrá los colores que simbolizan las distintas armas, azul, blanco, rojo, amarillo y verde, formando franjas verticales de 7 milímetros de ancho cada franja”. (Sic)

También esta condecoración, como la Medalla Conmemorativa del 4 de Septiembre, creada por el propio Decreto presidencial 236/1937, de 12 de enero, corrieron la misma suerte que la bandera, pero fueron restituidas el 10 de marzo de 1952 por un Decreto del Jefe de Gobierno Primer Ministro.

Luego de este estudio, creo que podemos definir algunas cuestiones a modo de conclusiones:

La bandera del 4 de septiembre no fue creada en 1933, sino en setiembre de 1934, que es cuando entra en vigor el Decreto presidencial correspondiente.
El nombre oficial de la bandera es “Bandera del 4 de septiembre”, por lo tanto, no se debe agregar el año de creación, al menos no como su nombre propio.
La bandera del 4 de septiembre es conmemorativa, por lo tanto, le corresponde el símbolo de la H invertida, creado por el simbólogo venezolano don Raúl Orta y Pardo, y que este investigador asume plenamente.
La Bandera del 4 de septiembre quedó derogada en 1944 y restablecida en 1952; y se mantuvo vigente hasta 1959, año en que su uso decae hasta ser derogado el Decreto fundador por obsolescencia, pero nunca ha sido expresamente abrogado. No es de aplicación en este caso, a mi entender, la Ley número 13, de 13 de enero de 1959, que dispone la suspensión de las normas que atañen a la organización del Ejército

Maikel Arista-Salado y Hernández,
La Habana y 29 de noviembre del 2007

Referencias bibliográficas.

ARISTA-SALADO Y HERNÁNDEZ, Maikel. El Derecho Honorífico cubano: un acercamiento a la historia de las condecoraciones. Inédito, 2007.
———. El Derecho Honorífico cubano: compendio legislativo. Tomos I y II. Inédito, 2007.
———. Introducción a la Simbología cubana. Inédito, 2006.
———. Breve historia de las banderas cubanas. Inédito, 2007.
CARRERAS, Juan A. Historia del Estado y el Derecho en Cuba. Editorial Pueblo y Educación. La Habana, 1981.
CUBA. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Ministerio de Justicia. 1902-2007.

Referencias en Internet.

Flags of the World. http://www.fotw.net/
Símbolos de la Nación cubana. http://www.nacion.cult.cu/
[1] Decreto presidencial número 2300, de 21 de agosto de 1934, publicado en la Gaceta Oficial de la República el 3 de setiembre de 1934.
[2] Ídem.
[3] La imagen de la bandera del 4 de septiembre ha sido tomada del sitio http://www.fotw.net/ enviada por Ivan Sache el 5 de mayo del 2000.

Carta enviada al Consejo de Estado de la República de Cuba

Habana, 12 de septiembre del 2008

A: Consejo de Estado de la República de Cuba

Señores:

Envío por el presente escrito saludos. Desde hace algún tiempo investigo sobre las condecoraciones; como parte de dicha búsqueda de información, me he propuesto confeccionar un compendio legislativo con casi todas las disposiciones jurídicas que en el decurso han regulado las condecoraciones cubanas, desde la que instituyó la primera condecoración cubana hasta el último decreto-ley que modificó el vigente Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.

PROBLEMA:
Al parecer, existen sendos errores en los últimos dos decretos-leyes que modifican el Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979; a saber: el Decreto-Ley número 239, de 9 de febrero del 2006 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5, de 15 de marzo del 2006, página 81), y el Decreto-Ley número 240, de 27 de junio del 2006 (Gaceta Oficial Extraordinaria Especial Nº 9, de 28 de julio del 2006, página 47).

FUNDAMENTOS:
1. El Decreto-Ley número 116, de 25 de agosto de 1989 (Gaceta Oficial Extraordinaria Especial Nº 14, de 25 de agosto de 1989, página 63), dispuso en su artículo 1 la adición del apartado número 38 al artículo 6 del Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, con la creación de la Medalla “POR LA VICTORIA CUBA-ETIOPÍA”;
2. El Decreto-Ley número 167, de 23 de agosto de 1996 (Gaceta Oficial Ordinaria número 33, de 11 de octubre de 1996, página 519), dispuso en su artículo 1 la adición del apartado número 39 al artículo 6 del Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, con la creación de la Medalla Conmemorativa “40 ANIVERSARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS”;
3. El Decreto-Ley número 239, de 9 de febrero del 2006 (ubicación en Gaceta ut supra), dispuso en su artículo 1 la adición del apartado 41 al artículo 6 del Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, lo cual a todas luces parece un error, ya que no he podido localizar ningún decreto-ley entre los números 167 y 239, que cree una Medalla bajo el numeral 40;
4. El Decreto-Ley número 240, de 27 de junio del 2006 (ubicación en Gaceta ut supra) dispone la adición del apartado número 42, al seguir el mismo orden numeral del decreto-ley anterior, y la próxima medalla arrastrará igualmente el desliz, al crear el numeral 43, si no se corrige el presunto error en tiempo;
5. Aunque el artículo 30 del Decreto-Ley número dispone que la creación de condecoraciones se resolverá por Acuerdo del Consejo de Estado, la práctica jurídica lo ha hecho al través de decretos-leyes, que también son normas aprobadas por acuerdo; ergo,

PRETENSIÓN CONCRETA:
Es mi humilde sugerencia que el Consejo de Estado revise su normativa y, si el error es mío, por favor, informarme qué decreto-ley instituye la medalla número 40, porque hasta el momento me ha sido imposible ubicarlo en la Gaceta Oficial. Por otra parte, si el error fue del Consejo de Estado, ruego se publiquen nuevamente ambos decretos-leyes en copia corregida, para salvar esa pequeña incoherencia y restaurar así el orden correlativo que estrictamente corresponde.

PRETENSIÓN COLATERAL:
Sería muy beneficioso que el Consejo de Estado publicase el Decreto-Ley número 30, de 10 de diciembre de 1979, tal y como se encuentra vigente en este momento, como parte de la colección legislativa que normalmente publica el Ministerio de Justicia, quizá con una tirada reducida, pero será muy importante contar con esa actualización, que ya está hecha por quien suscribe, en una obra anotada y concordada, la que pongo a la entera disposición del Consejo de Estado para una posible publicación. También escribí un prólogo para la compilación, que puedo hacer llegar si estuvieren interesados. En ella se explica cómo funciona el sistema de condecoraciones cubano y la importancia de la compilación.

Sin otro asunto, quedo de Vds., con saludos cordiales y en espera de atenta respuesta.

Maikel Arista-Salado y Hernández,
Avenida 19 Nº 5017, Almendares,
Playa, La Habana, CP 11 300.

9 de enero de 2009

Escudos de armas en la Catedral de la Habana

La Heráldica Eclesiástica, si bien tiene un peso fundamental, mayoritario en la Iglesia Católica Romana, no es esta confesión la única que la conforma. A ella se deben agregar las armerías de otros credos, como la Iglesia Católica anglicana, la escocesa y la religión cubana de ascendencia yoruba, que ya está aportando sus primeras manifestaciones heráldicas con sus propias armas de dignidad. No obstante lo abarcador del tema, sólo trataremos en brevísima nota, las particularidades de la Heráldica Eclesiástica latina que se manifiestan concretamente en los escudos colocados en el interior de la Catedral de la Habana. Es difícil, si bien no imposible, para un concurrente no conocedor de la ciencia heráldica, reparar en los escudos de armas de la Catedral habanera. Acaso tal inadvertencia pueda justificarse por el impacto de entrar en un antiquísimo habitáculo sagrado que ha presenciado en pie y en plena función el desarrollo de una ciudad y de sus gentes, acaso por respirar un aire que parece haberse añejado durante siglos en esas paredes pétreas, o posiblemente por intuir que hemos viajado hacia el pasado: los tiempos cambian y así lo hace la ciudad; pero la Catedral de la Habana mantiene, aunque no exentos de retoques y reparaciones, sus añejos campanarios, su portón con los emblemas pontificios en la base metálica de los cerrojos —el trirregnum con las ínfulas y las llaves de San Pedro—, las hermosas pinturas de Santa Bárbara, San Prudencio, San Juan Bautista; su plaza, que otrora fuese testigo de incesantes ajetreos de la venta de artesanías, de los paseares tanto de la más rancia nobleza habanera como de negras y negros, libertos y esclavos, blancos y mestizos humildes llevando y trayendo, comerciantes, soldados, clérigos, extranjeros de todas las naciones, marineros y de la vasta hiedra social que por entonces envolvía la vida de la villa.

Pero dejamos todo ese alboroto de la mañana colonial y entramos por el inmenso portón a la iglesia… y a nuestro tiempo. Al caminar en dirección del altar mayor, por la nave que inaugura San Prudencio, a la derecha, se advierte un escudo de armas adornado con el tradicional capelo cardenalicio. El escudo que ahora nos ocupa resulta ser el de Mons. Jaime Lucas Cardenal Ortega y Alamino, Arzobispo de San Cristóbal de la Habana (1982-). El diseño en cuestión fue esculpido por el destacado escultor don Erasmo González y Ojeda,[1] en una piedra artificial conocida popularmente como siporex. En la descripción oficial el campo es de azur —como es el color de la Habana, que lleva en el campo de su escudo desde 1665, y es el color mariano por excelencia—, y trae como figura central un pelícano de plata —esto es, blanco—, también conocida como “pelícano en su piedad”, representado con polluelos a sus pies e hiriéndose el buche, del que emana sangre, para alimentarlos; el todo está colocado sobre una rama de laurel, de sinople. Esta bellísima figura representa el misterio del amor, al herirse el animal su propio buche para alimentar a los polluelos.

El ave está acompañada por una estrella dorada en el cantón diestro del jefe. La clásica estrella de cinco puntas[2] es un código muy usado para representar a la Virgen María, como hemos ya referido anteriormente. El capelo cardenalicio es un sombrero que usaban antiguamente los prelados y del que penden quince borlas en cada lado, organizadas en grado creciente de arriba hacia abajo; el color y el número de las borlas identifican la dignidad correspondiente: así, el capelo rojo con quince borlas a cada lado corresponde al cardenalato, mientras que el capelo verde, con diez borlas a cada lado corresponde al arzobispado —que así deben usarlo los arzobispos de Camagüey y de Santiago de Cuba—, y con seis borlas a cada lado a la dignidad de obispo. Según el Manual de Heráldica española, de D. Eduardo Pardo de Guevara y Valdés, “el capelo de peregrino surge en el siglo XIV en Italia y, sustituyendo a la mitra, se generaliza progresivamente a lo largo del XV”. Agrega Pardo de Guevara que los primitivos colores eran el rojo y el negro, y que el verde para los obispos no aparece hasta el siglo XV. El número de borlas, sin embargo, fue objeto de la mayor arbitrariedad y no alcanzó significación y orden hasta 1832: además de los mencionados en líneas superiores, tres para los canónigos y uno para los sacerdotes.

El escudo del Cardenal Orteda se describe en los siguientes términos: en campo de azur, un pelícano en su piedad, de plata, acompañado en el cantón diestro del jefe de una estrella de oro, refulgente de lo mismo. El Arzobispo adoptó este escudo con motivo de su exaltación al principado, en 1994. Su lema es «SVFFICIT TIBI GRATIA MEA», que traducido del latín significa: me basta tu gracia. A la misma altura del escudo de Su Eminencia, pero en la banda opuesta, la Catedral Metropolitana habanera ostenta orgullosa el escudo pontificio de Su Santidad Juan Pablo II (1978-2005), que también resulta ser de campo azur —azul—,con una cruz dorada a todo trance —el color oro se usa en Heráldica para el amarillo— y adiestrada —esto es, desplazada hacia la derecha del escudo, izquierda del observador—, acompañada en el cantón siniestro de la punta de una M, del metal, que recuerda la devoción del Santo Padre por la Virgen María. Su divisa reza: «TOTVS TVVS».

El trirregnum o tiara papal, como se conoce actualmente, es una pieza de dignidad constituida por tres coronas, se usa desde el reinado de Benedicto XI (1303-1304), lo cual confirma el destacado heraldista español D. Fernando del Arco en su obra Heráldica papal. La tiara está formada por tres coronas, que significan respectivamente el orden, la jurisdicción y el magisterio; otras interpretaciones afirman que se trata de una declaración de jerarquía que sitúa al Sumo Pontífice por encima de reyes y emperadores. El uso de las llaves, por otro lado, es muy antiguo. Se documentan piezas del siglo XIII con esta figura, que igualmente se emplea durante el período de sede vacante. Cuando muere un papa, mientras se elige el próximo, la máxima jefatura de la Iglesia Romana recae sobre un Cardenal que encima de su escudo personal coloca las llaves y una especie de sombrilla —l’umbrelino— que indica su presencia transitoria al frente del Estado de la Ciudad del Vaticano, figura que también se muestra en la bandera de la Iglesia. A este prelado se le denomina Cardenal Camerlengo, como lo fue Pío XII a la muerte de su predecesor.

El nombre original del Papa Juan Pablo II fue Karol-Jozef Wojtyla, nacido en Wadowice (Polonia) e hijo de Karol Wojtyla y Emilia Kaczorewska. Sus armas se apartan de las de su linaje: adoptó un escudo con símbolos cristianos (cruz adiestrada de oro) y marianos (M de oro y esmalte azur), sin mencionar la divisa, que es también una alusión religiosa. Pero continuamos paseando por el interior de la Catedral de la Habana. Más adentro, ya en el altar mayor, se aprecian tres escudos más: al centro el de Su Eminencia —que ya se ha descrito y comentado—, a todo color en la parte alta de su silla. En las paredes laterales, y opuestos, los escudos del Cardenal Manuel Arteaga y Betancourt, Arzobispo de San Cristóbal de la Habana y Cardenal Primado de Cuba, ubicado a la izquierda, y frente a él las armas de Su Santidad Pío XII (1939-1958). Se desconoce hasta el momento el autor de dichas piezas y la fecha de su emplazamiento, pero se presume que haya sido cuando el Santo Padre elevó a Mons. Arteaga al cardenalato, en 1945.

El escudo del Cardenal Arteaga es tan sencillo como hermoso: trae en un campo simple el sacramento de la comunión, que es el acto de recibir la sagrada Eucaristía. Trae la copa de oro, con la hostia surmontada,[3] de plata, y cargada de una cruz latina de gules (en otras representaciones aparece con las letras IHS de sable o de gules), acostada de un mazo de trigos a la diestra y de un racimo de uvas a la siniestra. Por divisa, el Cardenal escogió el lema «TV ADJVTOR FORTIS». La Eucaristía, según la doctrina católica, es el sacramento del cuerpo y la sangre de Jesucristo bajo las especies de pan y vino. Por medio de la consagración, el sacerdote convierte simbólicamente en cuerpo y sangre de Cristo el pan y vino ofrecidos en el altar. La etimología de la institución litúrgica de la Eucaristía ha de encontrarse en un vocablo griego que significa “acción de gracias”. El rito tiene origen en la última cena de Jesús, y es reiterado varias veces en el Nuevo Testamento.[4] De una de las pruebas de su realización da fe San Pablo en su primera epístola a los corintios:


Y habiendo dado gracias, lo partió, y dijo: Tomad, comed; esto es mi cuerpo que por vosotros es partido; haced esto en memoria de mí.
Asimismo tomó también la copa, después de haber cenado, diciendo: Esta copa es el nuevo pacto en mi sangre; haced esto todas las veces que la bebiereis, en memoria de mí. (Sic) 1 Co. (10:24-25)

Según don Vicente de Cadenas y Vicent en su Diccionario, la figura surmontada o superada es aquella que tiene otra encima, pero sin tocarla. Su Santidad Pío XII fue elegido Papa el 2 de marzo de 1939.[5] Su nombre era Eugenio Maria Giuseppe Giovanni Pacelli, y fue hijo de Filippo Pacelli y de Virginia Graziosi. Sus armas son: en azur, monte de tres cúspides de plata, terrasado de sinople, sumado de una paloma con la cabeza vuelta a la siniestra que sostiene en su pico una rama de olivo de sinople; campaña de ondas de agua de azur y plata. Cual funesto presagio, las figuras en su escudo de armas, específicamente la paloma con la rama de olivo, símbolo de paz para la cultura occidental, este papa hubo de afrontar el holocausto fascista justo desde su comienzo.

Y con la hermosa imagen de Santa Bárbara termina este paseo por la Heráldica Eclesiástica de la Catedral de la Habana. Descendemos la escalera de mármol que sigue a la terraza elevada, luego de cruzar el portón de madera y ya estamos nuevamente en la conspicua Plaza de la Catedral. Vaya Vd. muy bien y que tenga un feliz día. Ω


MAIKEL ARISTA-SALADO Y HERNÁNDEZ,
La Habana, 21 de diciembre del 2006; revisado en la Habana el 11 de octubre del 2008,
Víspera de la festividad de Nuestra Señora del Pilar.

NOTA: LAS IMÁGENES QUE MUESTRAN ESCUDOS DE ARMAS TALLADOS EN PIEDRA SON OBRA DEL ESCULTOR DON ERASMO GONZÁLEZ Y OJEDA.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS MÍNIMAS.

1. ARCO, Fernando del. Heráldica papal. Editorial Bitácora. San Fernando de Henares-
Madrid, 1993.
2. ARISTA-SALADO Y HERNÁNDEZ, Maikel. Armorial Eclesiástico de la República. Inédito. 2006.
3. CADENAS Y VICENT, Vicente de. Diccionario Heráldico: términos, piezas y figuras usadas en la ciencia del blasón. Instituto Salazar y Castro. 1988. Versión digital.
4. PARDO DE GUEVARA Y VALDÉS, Eduardo. Manual de Heráldica española. Edimat Libros, S.A. España. 2000.

Entrevistas a:
Sr. D. Gustavo Tracchia-Piedra Buena
Sr. D. Antonio Nieto Carnicer
Sr. D. Ignacio Koblischek y Zaragoza

[1] Don Erasmo González y Ojeda es natural y vecino de Santiago de las Vegas. Su profusa actividad en la talla de la piedra es notable en la iglesia parroquial, donde ejerce como diácono permanente. Sus escudos en siporex serán objeto de estudio en un próximo artículo. También esculpió la representación heráldica del escudo de armas de S.S. Juan Pablo II.
[2] También se admiten estrellas de seis y ocho puntas.
[3] Según Don Vicente de Cadenas y Vicent en su Diccionario…, la figura surmontada o superada es aquella que tiene otra encima, pero sin tocarla.
[4] Ver en la Santa Biblia: 1 Co. (10:23-26); Mt (26:26-29); Mr. (14:22-25); Lc. (22:14-20).
[5] Arco, Fernando del. Heráldica papal. Editorial Bitácora, San Fernando de Henares. Madrid, 1993, páginas 192 y 193.